
ORGANIZA
TU BODA
"Queridos novios: Tened la valentía de ser diferentes, no os dejéis devorar por la sociedad del consumo y de la apariencia. Lo que importa es el amor que os une, fortalecido y santificado por la gracia. Vosotros sois capaces de optar por un festejo austero y sencillo, para colocar el amor por encima de todo."
Papa Francisco.
Amoris Laetitia nº 212


1. Reservas
Las reservas se realizan, como máximo, a partir de febrero del año anterior.
No se realizarán reservas por vía telefónica ni informática.
Es necesario que los dos contrayentes se personen en el despacho parroquial para ampliar la información.
Para reservas de 2027: Entrevista con el párroco a partir del mes de febrero, con cita previa.
Pueden solicitar su cita en el E-mail: despacho@sanjeronimoelreal.es
Horario Bodas
2. Expediente Matrimonial (E.M.)
El E.M. es el procedimiento que ha de realizarse antes de la celebración del matrimonio canónico para acreditar formalmente la voluntad, capacidad y libertad de los contrayentes (cc. 1066; cic. 1070; dps. 44)
El expediente matrimonial se tramita en la parroquia correspondiente a la residencia del contrayenteo de la contrayente y nunca antes de seis meses de la celebración. En la parroquia donde deseen realizar el E.M., se les indicará los trámites a seguir, así como la realización del cursillo prematrimonial.
DOS MESES ANTES DE LA BODA DEBERÁN APORTAR LA AUTORIZACIÓN DEFINITIVA DEL MATRIMONIO
Viernes - 17:30 (invierno) 18:00 (verano).
Sábados - 11:30 - 13:00 - 17:00 (invierno) - 18:00 (verano).
Los domingos y días festivos, así como en el mes de agosto,no se celebran bodas.

3. Preparación Litúrgica

Un mes antes de la boda, los novios deberán ponerse en contacto con la parroquia, preguntando por el sacerdote que ha sido asignado para celebrar su enlace. Si es posible, aconsejamos que, en este mismo momento, concierten una entrevista con dicho sacerdote, para preparar todo lo concerniente a la ceremonia.
ESTA PREPARACIÓN ES MUY IMPORTANTE.
Si el sacerdote no pertenece a esta parroquia, deberán preparar con él dicha ceremonia e indicar en el despacho parroquial el nombre y apellido del sacerdote que va a presidir la celebración sacramental.
Dicho sacerdote deberá asumir y cumplir las normas establecidas en la parroquia.
4. Música
Los novios pueden elegir el grupo, coro, ... que ellos deseen. Si desean que el acompañamiento musical lo realice el órgano y organista de la parroquia, deberán de ponerse en comunicación directamente con él.
Organista Titular y responsable de la Música en la Iglesia:
Jesús M. Alonso Sánchez -
661 44 09 58 / 607 91 18 26
El coste de cualquier intervención musical será asumido por los novios según acuerden ellos con los distintos tipos de profesionales.
Recordamos que es la música la que acompaña a la ceremonia y no al revés, por lo tanto, la intervención musical deberá ajustarse a los momentos que la litugia marca para esta celebración:
- Entradas.
- *Canto interleccional
- Ofertorio.
- Comunión.
- Firmas.
- Salida.
*Sólo en caso de que la intervención musical corra a cargo de un grupo coral se permite el canto de alabanza antes del Evangelio. (Dependiendo del tiempo litúrgico)
Ajustandonos al ritual del Sacramento del matrimonio no se autoriza intervención musical ni durante ni al finalizar del Rito del Matrimonio.

Si el acompañamiento musical es externo a la parroquia, deberá ajustarse a las exigencias de los contenidos de la celebración sacramental.
Todo grupo que actue o acompañe el organista deberá presentar, un mes antes, una solicitud para la intervención musical durante la ceremonia religiosa, con el programa a desarrollar para la obtención del visto bueno o conformidad de la parroquia.
5. Ornamentación floral

El adorno floral del templo será determinado por la parroquia y la normativa indicada por el arzobispado:
"Ornamentación igual para todos los novios del mismo día con sobriedad y sencillez según los lugares".
Los novios se pondrán de acuerdo con el florista habitual de la parroquia. Es muy importante que los novios se pongan en contacto con la floristería para que la ornamentación sea sufragada conjuntamente por los novios que se casan en ese día.
La parroquia aporta tanto la alfombra interior como los sitiales. No se permitirá ninguna otra alfombra en el exterior del templo.
6. Fotógrafos
Teniendo en cuenta las instrucciones del arzobispado de Madrid, la parroquia busca que la celebración del sacramento del matrimonio sea el centro del acontecimiento de la boda.
En sintonía con otros templos, también monumentos artísticos, dada la variedad de parejas de novios y con carácter general, la parroquia establece que sólo UNO de los fotógrafos indicados realizarán el trabajo fotográfico dentro del templo.
Los novios se pondrán en contacto con quien elijan y de mutuo acuerdo programarán el servicio fotográfico.
EN NINGÚN CASO SE AUTORIZA A OTROS PROFESIONALES.
Los Fotógrafos autorizados son:

Aulocolor Digital: Javier Carrete Segovia. C/Marmolina 34, 1ºE. Telf. 91 450 24 13 Móvil: 639 71 83 79
e-mail: javiercarretesegovia@gmail.com
Saavedra & Peñalva: María Saavedra
C/ Comandante Zorita, 11. Telf. 91 554 33 13
Móvil: 679 19 35 05 / 630 87 85 58
e-mail: info@saavedrapenalva.es
Podadera Fotografía. C/ Cristobal Bordíu, 35
Telf. 636 26 02 45 - 620 84 93 95
e-mail: info@podaderafotografia.es
Álvez Fotografía: Ana Moreno
C/ Alonso Cano, 67 Bajo Dcha. Telf. 91 738 40 03
Móvil: 676 35 47 53
e-mail: ana@alvezfotografia.com

7.Puntualidad
La ceremonia deberá comenzar a la hora en punto. En caso de retrasarse, nos veríamos obligados a suprimir alguna de las partes de las que consta la ceremonia.
Se debe tener en cuenta el horario de las demás bodas, así como de los actos litúrgicos de la parroquia.
8.Comunicación al Registro Civil
Con el acuerdo existente entre la Santa Sede y el Estado Español, el matrimonio canónico es válido en el mismo momento de la celebración en la iglesia.
No obstante, debe comunicarse al Registro Civil dentro de un plazo no superior a los cinco días siguientes a la celebración de la boda. Los novios -o persona de confianza- deben pasar por la parroquia para recoger las actas, que deben llevarse al Registro Civil (c/ Pradillo, 66).


9. Ofrenda
En la archidiócesis de Madrid, no existe arancel o tasa por la administración de los sacramentos.
La celebración del matrimonio en la parroquia conlleva una serie de gastos en relación a la conservación y mantenimiento del templo (Monumento histórico). Tanto en su interior como en el exterior (luz interior, limpieza, objetos para el culto, alfombras, trámites de despacho, personal de servicio litúrgico, ...) así como tener en cuenta la aportación de la parroquia al fondo diocesano (nuevas parroquias, cáritas, misiones, comunidades o parroquias más necesitadas, ...) en comunicación cristiana de bienes.
Por ello se ruega y se pide a los novios una ofrenda como aportación voluntaria con motivo de la celebración de su matrimonio.
Dicha ofrenda se dividirá en dos partes que se entregarán en el momento de la reserva de boda y al aportar la autorización definitiva del matrimonio.
